Bono Extraordinario Chile Apoya de Invierno y extensión del Permiso Postnatal Parental. 

Extensión Post Natal Parental
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Extensión Post Natal Parental

Como parte de nuestro compromiso por mantener informados y actualizados a nuestros clientes de Outsourcing de Procesos de RR.HH., es importante comunicar que el pasado 27 de julio de 2022 se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.474. Esta ley crea un Bono Extraordinario Chile Apoya de Invierno, y además extiende el Permiso Postnatal Parental. 

¿En qué consiste la extensión del Permiso Postnatal Parental?
Se promulgó la ley de extensión al Permiso de Postnatal Parental (PPP), para que trabajadoras y trabajadores puedan prolongar el permiso por un máximo de 60 días continuos hasta el 30 de septiembre de 2022.

¿Quiénes podrán solicitar la extensión del postnatal?
Podrán acceder las trabajadoras o trabajadores a quienes se les termine el Permiso de Postnatal Parental entre el 1 de mayo y el 30 de septiembre de 2022 (fecha tope en la que vence la extensión).

Para obtener más claridad, puede revisar los siguientes ejemplos:

  • Si a una madre o padre se le termina el permiso de postnatal el 20 de julio, el permiso se extenderá por 60 días, es decir, hasta el 20 de septiembre de 2022.
  • Si a una madre o padre se le termina su permiso de postnatal el 20 de agosto, este permiso se extenderá por 40 días, es decir, por los días que resten hasta el 30 de septiembre de 2022.


¿Cómo opera la extensión del Permiso Postnatal Parental?
Esta extensión opera de pleno derecho, es decir de forma automática y una vez vencido el período del permiso postnatal parental, no siendo necesario solicitarla ni extender una licencia médica al respecto.

¿Quiénes serán beneficiarios de la extensión del Permiso Postnatal Parental?
Los beneficiarios serán los trabajadores que se encuentren haciendo uso de dicho permiso, a quienes se refiere el artículo 197 bis del Código del Trabajo, y cuyo término ocurra entre el 1° de mayo y el 30 septiembre de 2022.

También serán beneficiarios los trabajadores y trabajadoras independientes que hubieran hecho uso del permiso postnatal parental, y cuyo término ocurra entre el 1° de mayo y el 30 de septiembre de 2022.

¿Qué pasará con las trabajadoras o trabajadores a quienes se les acabó el postnatal y regresaron a sus labores?
​​​​Las trabajadoras o trabajadores a quienes se les terminó su permiso de postnatal y regresaron a sus funciones, entre el 1° de mayo y el 27 de julio de 2022 (día que comienza a regir la Ley con la publicación en el Diario Oficial), deberán dar aviso a su empleador mediante correo electrónico o carta certificada, enviada dentro de los 15 días siguientes a la entrada en vigencia de esta ley, con copia a la Inspección del Trabajo.

¿Qué pasará con las trabajadoras o trabajadores que se reincorporaron por la mitad de la jornada laboral?
En los casos en que la trabajadora o trabajador se hubiese reincorporado a sus labores por la mitad de su jornada, el subsidio que recibirá si solicita la extensión del Permiso de Postnatal, será el que corresponde al que recibiría si hubiese hecho uso del permiso por jornada completa.

¿Cómo se realizará el pago del subsidio del postnatal durante la extensión?
Durante el periodo de extensión del beneficio, la trabajadora o trabajador gozará de un subsidio, cuyo monto diario y forma de pago será el mismo que el del subsidio percibido por causa del permiso postnatal parental.

​​​​​Aquí podrás acceder al documento oficial promulgado, y que da inicio a este beneficio.