Derecho a sala cuna: Cómo opera hoy y cuáles son los cambios que se introducirán

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¿Cómo se da uso al beneficio? 

El derecho a sala cuna actual se debe activar mediante el empleador, el cual podrá ser entregado mediante tres alternativas. La primera de estas es creando y manteniendo una sala cuna anexa e independiente de los lugares de trabajo.

El segundo es el construyendo o habilitando y manteniendo servicios comunes de sala cuna con otros establecimientos de la misma área geográfica. Y por último, pagando directamente los gastos de sala cuna al establecimiento que haya designado el empleador para que la trabajadora lleve a sus hijos menores de dos años.

El proyecto contempla una solicitud que deberá ser elevada a la entidad estatal administradora de estos recintos, demostrando la condición de madre, padre o adulto a cargo de un menor de dos años, y que cuenta con al menos seis cotizaciones previsionales.

¿Quiénes pueden acceder a este beneficio? 

Actualmente, las empresas que cuenten con más de 20 mujeres en su planilla contractual deben entregar la posibilidad a sus trabajadoras que tengan hijos menores de dos años de optar a una sala cuna anexa al local de trabajo, en donde las mujeres puedan dar alimento a sus hijos y dejarlos mientras realizan sus respectivas labores. Dicho convenio deberá ser realizado por el empleador con un recinto autorizado por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).

Lo que se busca con el proyecto de ley de Sala Cuna Universal es que todas las mujeres cotizantes, trabajadoras dependientes o no, que tengan bajo su custodia a hijos menores de dos años, puedan contar con el derecho al cuidado de sus hijos sin la necesidad de que su empleador se los provea, y sin la base actual de 20 mujeres en planilla para que este beneficio se haga efectivo. Esta posibilidad también se extenderá a los padres o familiares que tengan el cuidado personal de los menores.

¿Cómo se financia el derecho a sala cuna?

El derecho a sala cuna que deben otorgar los empleadores, actualmente, se financia mediante negociaciones al interior de cada empresa. Solo las firmas que cumplan con los requisitos antes mencionados deberán entregar por ley la posibilidad a que este sea efectuado.

Por su parte, el Gobierno -mediante el Ministerio del Trabajo y Ministerio de la Mujer- propone que el financiamiento de la sala cuna universal sea sacado de un Fondo Solidario Universal, el cual será compuesto tras el cargo del 0,1% del sueldo de todos los trabajadores, el que podrá aumentar con un tope de hasta 0,4% siempre y cuando este sea necesario.

Fuente: Dirección del Trabajo