Tras el avance y discusión del proyecto de ley sobre el retiro del 10% de los Fondos de Pensiones, aprobado ya por la Cámara de Diputados, nuestra Consultora no se ha querido mantener al margen de ésta.
Por eso, hemos realizado algunos cálculos respecto del impacto que podría tener en las futuras pensiones, una medida como la propuesta.
En efecto, realizamos simulaciones en diferentes escenarios de rescates del 10% del fondo a las edades de 30, 40, 50 y 60 años, para 3 tipos de rentas:
• $ 2.300.760 ( Renta tope imponible)
• $1.000.000
• $500.000
Retiro de 10% agudizará aún más escenario negativo
Cada cálculo considera el retiro de los montos máximos establecidos en el proyecto de Ley, esto es:
• el total de los fondos para saldos inferiores a $1.000.000,
• 35 UF para saldos hasta $10.000.000 y
• 150 UF cuando el 10% supere este monto.
Independiente que los resultados mostrados son contundentes, es indiscutible que los fondos previsionales tienen un origen y objetivo único: “Protección social durante la vida pasiva” es decir, en pensión.
Si éstas ya son bajas, el retiro de fondos agudizará aún más este escenario negativo, según se demostrará en los cuadros más adelante.
Por otra parte, nadie puede asegurar que en los próximos 10, 15 o 20 años nos veamos enfrentados nuevamente a emergencias de esta magnitud, por lo tanto es necesario estar, como país, preparados para poder hacerles frente.
Las situaciones de contingencia ya sean económicas, climáticas, de terremotos, pandemias, etc., estamos convencidos que deben ser abordadas con recursos estatales y que deben estar disponibles para ello.
El Fondo de pensiones es propiedad de cada afiliado
De igual forma, ya no se discute que el fondo de pensiones y la cuenta de capitalización individual es de propiedad de cada afiliado, lo cual cobra especial importancia frente al fallecimiento del afiliado, puesto que al no existir beneficiarios de pensión se entregan los fondos que queden a los herederos legales.
En ese sentido, entonces queda claro que el Fondo de pensiones es de propiedad de los afiliados, NO de los “dueños de las AFPs”, ya que dichos “dueños” son una sociedad anónima la que cumple con las normas establecidas en el DL 3.500 y que es supervisada por la Superintendencia de Pensiones (SUPEN). Por lo tanto, el retiro de fondos NO afecta en absoluto a la sociedad anónima.
Resultados del estudio
Finalmente, y como refuerzo a los datos entregados, es importante mencionar que sólo por el menor monto de pensión percibido, en caso de hacer el retiro y considerando una expectativa de vida de 20 años después de la pensión, lo que se deja de percibir en capital es en promedio:
• 14 veces lo recibido para la renta de $ 500.000, y
• 9 veces lo recibido para la renta de $ 1.000.000, y
• 5 veces lo recibido para la renta tope imponible.
En ese contexto, invitamos a todos nuestros clientes a realizar estos análisis antes de tomar una decisión que puede afectarnos muchos años, sobre todo cuando más lo necesitamos… en vida pasiva.
Este estudio considera:
- Cotizar continuamente desde los 25 años,
- Incremento de la renta en un 2% real anual.
- Tasa de rentabilidad real proyectada del 4%
- Porcentaje de cotización 10%
- Pensión a los 65 años
- Modalidad considerada de Renta Vitalicia