En Alfredo Cruz y Cía, hemos seguido de cerca la evolución del proyecto de ley de reforma previsional que establece un nuevo Sistema Mixto de Pensiones, reafirmando nuestro compromiso con la asesoría previsional y la orientación de todos nuestros clientes en cada cambio normativo.
La reciente aprobación en el Senado y la Cámara de Diputados y Diputadas representa un hito en la reforma previsional, incorporando un Seguro Social en el pilar contributivo, mejoras a la Pensión Garantizada Universal (PGU) y nuevas regulaciones diseñadas para fortalecer el Sistema de Pensiones y avanzar hacia una mayor equidad previsional.
Resumen Reforma Previsional
Aumento de la Densidad de Cotizaciones Obligatorias Individuales
Se establece una cotización adicional a las cuentas individuales de los trabajadores dependientes, a cargo del empleador, de un 4,5%, el cual irá aumentando gradualmente desde un 0,1% al 5to mes de promulgada la nueva ley, hasta la totalidad del porcentaje en un plazo de 9 años o 101 meses.
Los fondos serán invertidos en nuevos Fondos Generacionales en reemplazo de los Multifondos, los cuales serán administrados por Nuevos Actores.
El stock de afiliados no pensionados, será licitado cada 2 años por el Estado, siendo traspasados aleatoriamente a la Administradora que mantenga una menor comisión que la actual.
Seguro Social Previsional
Se crea un nuevo Seguro Social, el cual absorberá al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), y tendrá las siguientes funciones:
• Otorgar el Beneficio por años cotizados pensionados actuales por vejez, invalidez total mayores 65 años.
• Otorgar el Beneficio por años cotizados a futuros pensionados.
• Otorgar cobertura frente al riesgo de Invalidez y Sobrevivencia (Ex SIS).
• Otorgar compensación por diferencia de expectativas de vida.
Los beneficios a) y b) serán financiados por un nuevo aporte del empleador de un 1,5% de la renta imponible del trabajador, el cual será un préstamo hacia el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP), y se reintegrará a los trabajadores al momento de pensionarse como un bono de seguridad social (con el interés correspondiente). El préstamo se deberá extinguir en un plazo de 30 años (aumentando la cotización individual al 6%). Los beneficios c) y d) serán financiados por un nuevo aporte del empleador de un 1% adicional al actual % (1,5% hasta enero 2025) del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.
Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP)
• Será quien administre los recursos del Seguro Social.
• Su financiamiento proviene de cotizaciones del empleador y aportes estatales.
• La administración estará a cargo de un Organismo Autónomo con supervisión del Ministerio de Hacienda.
Modificaciones a la PGU
Se aumenta el monto de la PGU a $250.000 de la siguiente forma:
• A los 6 meses: Beneficiarios de 82 años o más
• A los 18 meses: Beneficiarios de 75 años o más
• A los 30 meses: Beneficiarios de 65 años o más
Se flexibilizan los requisitos de acceso para beneficiar a más pensionados de menores ingresos.
Cotización de Trabajadores Independientes
• Se establece una cotización voluntaria del 6,0% para trabajadores independientes.
• Cotización para cobertura de invalidez y sobrevivencia será de carácter obligatoria.
Fortalecimiento de la Fiscalización y Transparencia
• Se implementan medidas para aumentar la supervisión del sistema de pensiones.
• Se refuerzan los mecanismos de transparencia en la administración de los fondos previsionales.
En Alfredo Cruz y Cía, estamos comprometidos en acompañar a nuestros clientes en este proceso de cambios. Por ello, ya estamos trabajando en la elaboración de material informativo, charlas y recursos complementarios que permitan a empresas y personas comprender en profundidad los alcances de la reforma y tomar decisiones informadas. Próximamente, compartiremos más detalles sobre estas iniciativas, reafirmando nuestro rol como referentes en asesoría previsional.