¿En qué consiste un traspaso de AFP y de multifondos? ¿Qué factores son claves de considerar al momento de evaluar un cambio?
Toda persona que ingresa a trabajar y firma un contrato laboral como dependiente está obligado a cotizar para una AFP. Una vez que se ingresa al sistema, existen distintos selectivos y administradoras para elegir.
Además, los afiliados pueden optar por cambiarse de multifondo y de compañía.
Una vez que se ingresa al mercado laboral, las personas deben empezar a cotizar para su jubilación.
Estos tienen la opción de ingresar a distintos fondos que invierten el dinero en diferentes porcentajes de riesgo, de acuerdo a la renta variable.
Todo nuevo trabajador se afilia a la AFP que se adjudicó la licitación, que es la que tiene la comisión más baja y transcurrido dos años, puede mantenerse en esa administradora o cambiarse a otra.
Sin embargo, la última licitación quedó desierta, por lo que a partir de agosto de este año, los nuevos cotizantes que entran al sistema igual ingresan a la más económica, pero no están obligados a permanecer y pueden cambiarse cuando lo deseen.
Los afiliados que quieran cambiar sus ahorros a otro fondo u otra administradora, deben ejercer dicha opción mediante el formulario Cambio de Fondo de Pensiones, adjuntando una fotocopia, por ambos lados, de su cédula de identidad.
Esta suscripción podrá realizarse en una agencia o centro de servicios de la AFP, ante un representante de esta o a través de su sitio web.
El sistema ofrece cinco tipos de fondos: A, B, C, D y E. Estos selectivos se diferencian por la proporción de instrumentos de renta fija y variable.
El fondo A es el de mayor riego y, por ende se puede obtener una mayor rentabilidad, pues este invierte hasta un 80% en instrumentos de renta variable. El fondo E es el de menor riesgo y solo invierte hasta un 5% en renta variable, el resto en renta fija.
Si un afiliado no manifiesta su preferencia por un tipo de fondo, la ley lo asigna de acuerdo a su edad a tres selectivos: B, C y D.
Los hombres y mujeres de hasta 35 años son asignados al fondo B; los hombres desde 36 años hasta 55 años y las mujeres desde 36 años hasta 50 años se asignan al C.
Por último, los hombres desde los 56 años y las mujeres desde los 51 años, junto con los afiliados declarados inválidos parciales y afiliados pensionados por las modalidades de retiro programado o renta temporal, se asignan al fondo D.
Para quienes no eligen el multifondo, la ley establece que al cumplir el tramo etáreo señalado anteriormente, sus ahorros son traspasados al fondo siguiente en fracciones de 20% en cuatro años. Los fondo A y E son de elección voluntaria.
Fuente: Asociación de AFP.
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